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Docencia del Derecho Internacional

dsc01941b1Una tarde de este verano quedé con un buen amigo, Frédéric Mégret, para tomarnos unas cervezas y charlar tranquilamente de cuestiones pedagógicas. He de decir que Frédéric es actualmente Profesor de Derecho Internacional de la McGill University y que en el pasado lo fue también en la Universidad de Ottawa y que, por tanto, me interesaba mucho conocer su experiencia en la docencia en Canadá.

Tuvimos ocasión de hablar de muchas cuestiones. Comentamos sobre trabajos de investigación en común en relación con la Corte Penal Internacional. Frédéric había tenido la oportunidad de participar como miembro de la Delegación francesa en la Conferencia de Roma que aprobó el Estatuto de la Corte y tiene un conocimiento muy profundo de estas cuestiones. También me transmitió su idea de hacer un estudio sobre una justicia transistémica que supere las fronteras y que ayude a establecer sistemas judiciales trasladables a aquellos Estados que estuviesen en vías de reconstrucción y como un proceso de pacificación.

dsc01944Mientras nos tomábamos las cervezas en la azotea de Le reservoir en la calle Saint Laurent de Montreal intercambiamos también varias ideas sobre la forma de organizar la docencia. Hablamos de las lecciones magistrales y de tratar de inducir los conocimientos mediante la resolución de casos prácticos más o menos complejos. Este sistema se encuentra muy extendido en las Facultades de Derecho del Common Law pero no tiene mucho arraigo en nuestras Facultades de Europa. Le fui exponiendo todas las pegas que encontraba para poder llevarlo a la práctica en nuestras Facultades. Me acuerdo que hice referencia a que estamos acostumbrados a una explicación muy estructura y a que los conocimientos se vayan aprendiendo de forma gradual. Sin embargo, Frédéric me contestaba que mediante este sistema el alumno maduraba mucho más en cuanto jurista al tener que buscar soluciones desde el primer momento, al tener que zambullirse en la teoría sin mayores preámbulos, y al tener que pensar de forma autónoma sin repetir los razonamientos que le había transmitido el Profesor.

A todas luces me parecían muy convincentes sus razonamientos pero yo no acababa de estar muy decidido. Finalmente, le opuse que me parecía casi imposible imaginarme a los alumnos de mi Facultad siguiendo este método. Requería un tiempo y tendría que ir poco a poco. Era demasiado innovador para mi Facultad. Menos mal que Frédéric me insistió muy seriamente para que fuese el primer día de clase y explicase la forma de trabajar. Muchos no iban a adaptarse pero un buen grupo lo haría. Los resultados serían mucho mejores ya que, al final, habrían consolidado conceptos fundamentales y utilizarían las normas y la jurisprudencia con gran familiaridad.

Frente a todos estos argumentos, yo seguía sin verlo. Al final me dijo: “El primer día de clase les explicas que hay dos formas de estudiar Derecho: una como un loro -perroquet- que repite lo que le han dicho y no se plantea más, y una segunda que consiste en aprender a razonar y dar soluciones a los problemas que se plantean en la sociedad como juristas”. Ante este argumento ya solo le pude objetar que para la solución de algunos casos no tendrían los conocimientos suficientes y me opondrían que era muy difícil. Su respuesta fue definitiva: “Eso que vayan y se lo digan al Juez cuando ya sean Licenciados”.

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